Lei núm. 2,138, que autoriza la inversion de $ 200,000 para combatir las enfermedades infecciosas Lei núm. 2,138.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000), en la adopcion de medidas para combatir las enfermedades infecciosas i demas gastos que orijine el servicio sanitario del pais.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 11 de Noviembre de 1908.- PEDRO MONTT.- Javier A. Figueroa.