Lei núm. 2,141, que autoriza el pago a la Junta de Beneficencia de Iquique de la suma de $ 27,142.55 que se le adeuda por cánones de arrendamiento de terrenos fiscales percibidos por la Tesorería de Pisagua i concede un ausilio de 73.000 pesos al Hospital de Iquique.
Lei núm. 2,141.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO PRIMERO. Autorízase al Presidente de la República para pagar a la Junta de Beneficencia de Iquique, la cantidad de veintisiete mil ciento cuarenta i dos pesos, cincuenta i cinco centavos ($ 27,142.55), que en conformidad a lo dispuesto en la lei número 1,734, de 4 de Febrero de 1905, se le adeuda por cánones de arrendamiento de terrenos fiscales percibidos por la Tesorería Fiscal de Pisagua, entre el 31 de Agosto de 1904 i el 30 de Abril de 1906.
ART. 2.° Autorízase asimismo al Presidente de la República para conceder a la referida Junta de Beneficencia, para atender al sostenimiento del Hospital de Iquique, un ausilio estraordinario hasta por la suma de setenta i tres mil pesos ($ 73,000).
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 17 de Noviembre de 1908.- PEDRO MONTT.- Javier A. Figueroa.