CONCEDE PERSONALIDAD JURIDICA Y APRUEBA ESTATUTOS A "CORPORACION CULTURAL DE LA COMUNA DE GRANEROS"
    Santiago, 7 de octubre de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 3.273 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo Nº 110, de Justicia, de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, modificado por decreto supremo de Justicia Nº 679, de 26 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004 y en la resolución Nº520, de 1996, modificada por resolución Nº 661, publicada en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; en el DFL Nº 1-19.704, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y lo informado por el Gobernador Provincial (S) de Cachapoal, y por el Consejo de Defensa del Estado,

    Decreto:

    1.- Concédese personalidad jurídica a la entidad denominada "Corporación Cultural de la Comuna de Graneros", con domicilio en la provincia de Cachapoal, Sexta Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    2.- Apruébanse los estatutos por los cuales se ha de regir la citada entidad, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 5 de agosto de 2002, 23 de agosto y 13 de septiembre de 2004, otorgadas en la Notaría Pública de Graneros, de don Luis Gerardo Carvallo Salazar, la primera, y en la Notaría Pública de Rancagua, de don Eduardo de Rodt Espinosa, la segunda y tercera.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.