MODIFICA RESOLUCION Nº 315, DE 2004

    Núm. 2.808 exenta.- Valparaíso, 5 de octubre de 2004.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de esta Subsecretaría mediante Memorándum Nº 375, de fecha 5 de octubre de 2004; lo dispuesto en el DFL Nº 5 de 1983, la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones Nº 315, Nº 800, Nº 1.710 y Nº 1.797, todas de 2004, de esta Subsecretaría.

    R e s u e l v o:

    1º.- Modifícase la resolución Nº 315 de 2004, modificada mediante resoluciones Nº 800 y Nº 1.710, ambas de 2004, todas de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de las pesquerías artesanales de Anchoveta, Sardina común y Jurel de la V Región, en el sentido de reemplazar la letra a) de su numeral 1º Nº 1 por la siguiente:

"a)  Asociación Gremial de Armadores Artesanales del Puerto de San Antonio, Registro de Asociaciones Gremiales Nº 2510-8: 7.888 toneladas anuales de Anchoveta, fraccionadas de la siguiente manera:

    -  6.166 toneladas a ser capturadas en el período comprendido entre la fecha de la presente resolución y el 30 de abril de 2004.

    -  233 toneladas a ser capturadas en el período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de agosto de 2004.

    -  1.489 toneladas a ser capturadas en el período comprendido entre el 1º de septiembre y el 31 de diciembre de 2004."

    De la cuota antes indicada, se descontarán las capturas imputadas mediante resolución Nº 1.797 de 2004, de esta Subsecretaría, a la cuota de Anchoveta asignada a la organización antes indicada.

    2º La presente resolución podrá ser impugnada por la interposición del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la ley 19.880, ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta en el artículo 62 del citado cuerpo legal y de las demás acciones y recursos que corresponde de acuerdo con la normativa vigente.

    3º Transcríbase copia de esta resolución a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de Pesca.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca, Edith Saa Collantes, Subsecretario de Pesca (S).