RECTIFICA DECRETO (AV.) Nº 11, DE 2004
Núm. 93.- Santiago, 10 de mayo de 2004.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado; el artículo 63 del Código Aeronáutico y el artículo 3º letra o) de la ley Nº 16.752; y
Considerando: la necesidad de aclarar el texto del decreto supremo Nº 11 de 08.ene.2004, de esta Subsecretaría, publicado en el Diario Oficial Nº 37.841, de fecha 21 de abril de 2004,
D e c r e t o:
Artículo único: Rectifícase el decreto supremo Nº 11 de 8 de enero de 2004, de la Subsecretaría de Aviación, que aprueba el Reglamento sobre Licencias Aeronáuticas DAR 01, suprimiéndose sus artículos transitorios y sustituyéndolos por los siguientes:
ARTICULOS TRANSITORIOS:
Primero: Los nuevos requisitos sobre nivel educacional no serán exigibles a los actuales titulares de licencia aeronáutica.
Segundo: Los actuales titulares de licencia vigente de Supervisor Profesional e Ingeniero Especialista que se eliminan con la dictación del presente reglamento, podrán solicitar el cambio a licencia de Supervisor e Ingeniero, respectivamente, al momento de renovar su licencia.
Tercero: Los nuevos requisitos para obtener o revalidar las licencias y habilitaciones para el personal de mantenimiento, serán exigibles seis meses después de la publicación del presente reglamento.
Cuarto: El requisito de estandarización, para revalidar la licencia de piloto privado, será exigible a contar del 1º de enero de 2005.
Quinto: El requisito de estandarización para revalidar las habilitaciones de vuelo agrícola, combate de incendios forestales y prospección pesquera será exigible a contar del 1 de enero de 2005.
Sexto: El requisito de aprobar los exámenes teóricos y prácticos para revalidar la habilitación de instructor de vuelo será exigible a contar del 1 de enero de 2005.
Séptimo: Las habilitaciones de vuelo de remolcador, de vuelo de lanzamiento de paracaidistas y combate de incendios forestales, serán exigibles a contar del 1 de enero de 2005.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial de la Fuerza Aérea de Chile.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Carlos Parra Merino, Subsecretario de Aviación.