Lei núm. 2,163, que autoriza la inversion de $ 700,000 en el pago de servicios i provision de artículos suministrados al Ministerio del Interior.
    Lei núm. 2,163.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de setecientos mil pesos ($ 700,000) en el pago de servicios i provision de artículos suministrados al Ministerio del Interior.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 19 de Febrero de 1909.- PEDRO MONTT.- E. Charme.