Lei núm. 2,163, que autoriza la inversion de $ 700,000 en el pago de servicios i provision de artículos suministrados al Ministerio del Interior.
Lei núm. 2,163.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de setecientos mil pesos ($ 700,000) en el pago de servicios i provision de artículos suministrados al Ministerio del Interior.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 19 de Febrero de 1909.- PEDRO MONTT.- E. Charme.