Artículo 10º.- Plazo y contenido de los avisos de convocatoria. Los avisos de convocatoria de los concursos deberán publicarse con una anticipación mínima de veinticinco días contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de los proyectos y postulaciones. Tales avisos deberán contener, al menos, los lugares donde deben ser retiradas las bases y formularios del concurso, las áreas del Fondo a las que se convoca, los plazos de entrega de los proyectos y la fecha de cierre de las postulaciones.