Lei núm. 2,186, que concede el derecho de percibir el 75% de su sueldo de 12,000 pesos al año al Ministro Jubilado de la Corte de Apelaciones de Concepcion don Juan Nepomuceno Parga.
Lei núm. 2,186.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Se declara que el Ministro jubilado de la Corte de Apelaciones de Concepcion, don Juan Nepomuceno Parga, tiene el derecho de percibir el setenta i cinco por ciento del sueldo de doce mil pesos anuales que corresponde al empleo que ha servido, en conformidad a lo dispuesto en la lei núm. 2,100, de 21 de Febrero de 1908.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 19 de Julio de 1909.- PEDRO MONTT.- Domingo Amunátegui.