Lei núm. 2,187, que eleva a la categoría de primer órden a la ciudad de Concepcion e introduce otra modificacion en la Lei de Patentes.
    Lei núm. 2,187.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Introdúcense las siguientes modificaciones en la Lei de Patentes de 22 de Diciembre de 1866:
    1° Elévase a la categoría de primer órden a la ciudad de Concepcion, que en el artículo 2.° figura entre las de segundo órden.
    2.° Suprímese en el artículo 10, la frase: "Sin ulterior recurso."
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno que se promulgue i lleve a efecto como lei de la República.
    Santiago, 2 de Agosto de 1909.- PEDRO MONTT.- Joaquin Figueroa.