Lei núm. 2,202, que concede una gratificacion al personal de la guardia del Senado
    Lei núm. 2,202.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Concédese una gratificacion de treinta por ciento (30%) sobre los sueldos percibidos en el año 1908, al personal de la guardia del Senado.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 7 de Setiembre de 1909.- PEDRO MONTT.- Enrique A. Rodriguez.