MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA

    Santiago, 15 de junio de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 288.- Vistos:
a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b)  La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c)  El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d)  El decreto supremo Nº 126 de 01.04.1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; y e)  El decreto supremo Nº 254 de 17.11.1989, que otorgó la concesión, modificado por los decretos supremos Nº 17 de 09.01.1991, Nº 432 de 11.08.2000, Nº 47 de 29.01.2001, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

a)  La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 14.126 de 28.01.2004;
b)  La resolución exenta Nº 209 de 19.02.2004, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría, que autorizó previamente la transferencia;
c)  La escritura pública de fecha 24.03.2004, celebrada ante don René Benavente Cash, Notario Público Titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago, que da cuenta material de la transferencia de la concesión, así como de la inserción de la misma en la resolución que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso tercero del artículo 21º de la ley;
d)  La solicitud de modificación, por cambio de titular, de la concesión, objeto de la transferencia, ingreso Subtel Nº 30.072 de 16.04.2004 complementada por el ingreso Subtel Nº 31.614 de 23.04.2004;
e)  Que el representante de la persona jurídica adquirente es chileno y no se encuentra sometido a proceso o condenado por delito que merezca pena aflictiva; y en uso de mis atribuciones;
f)  El informe de la Comisión Preventiva Central, dictamen CPC Nº 1.276 de 19.12.2003; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001; y en uso de mis atribuciones.

    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-78, para la ciudad de Graneros, VI Región, cuyo titular es la sociedad Inversiones Sahara S.A. RUT Nº 96.881.920-8, según consta en los decretos supremos indicado en la letra e) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Radiodifusora Romance Holding Limitada, RUT: Nº 77.768.510-5, domiciliada en Avda. Santa Rosa Nº 17, oficina 91, piso 9º, Santiago, Región Metropolitana.
    2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
    3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el Nº 4 del artículo 23º de la Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.

        CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

División de la Vivienda y Urbanismo y Obras Públicas y Transportes

    Cursa con alcance decreto Nº 288, de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
    Nº 36.602.- Santiago, 20 de julio de 2004.
    La Contraloría General ha tomado razón del acto administrativo de la suma, que modifica la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada que indica, por ajustarse a derecho. No obstante, hace presente que la sociedad Radiodifusora Romance Holding Ltda. tiene el RUT Nº 77.678.510-5 y no el que se consigna en el Nº 1 del documento en examen.
    Con el alcance que antecede se ha dado curso al decreto del rubro.- Saluda atentamente a US.

Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente.