LEY NUM. 16.580

AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA ENTREGAR A TITULO GRATUITO LOS SITIOS DE LA VILLA DE TIJERAL DE ANGOL

    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Autorízase a la Corporación de la Vivienda para transferir, a título gratuito, los sitios que ocupan los pobladores de la Villa de Tijeral, ubicada en la comuna de Angol, provincia de Malleco, y cuya expropiación se realizó en 1961.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, cinco de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Juan Hamilton Depassier.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- J. Eduardo Truyol Díaz, Subsecretario de la Vivienda y Urbanismo.