MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA

    Santiago, 23 de septiembre de 2004.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 568.- Vistos:
a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b)  La ley Nº 18.168, General de
    Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c)  El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d)  El decreto supremo Nº 126 de 1997, del
    Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e)  La resolución exenta Nº 479 de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117 de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
f)  El decreto supremo Nº 318 de 17.05.2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

    Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 31.620 de 23.04.2004, complementada por la solicitud ingreso Subtel Nº 47.539 de 06.07.2004,
      Decreto:

    1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Iquique, señal distintiva XQA-412, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra f) de los Vistos, cuyo titular es sociedad Inversiones Seguel Limitada, RUT Nº 78.249.370-1, con domicilio en Luis Thayer Ojeda Nº 1145, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en los términos que a continuación se indican.
    2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio, incorporar estudio alternativo y radioenlace estudio alternativo - planta, en los términos que a continuación se señalan:

Estudio principal.
- Dirección :  Cerro Tarapacá, comuna de Iquique, I
                Región.
- Coordenadas
  geográficas : 20°20'51" Sur;
                70°06'25" Oeste.

Estudio alternativo.

- Dirección :  Luis Uribe Nº 452, comuna de
                Iquique, I Región.

- Coordenadas
  geográficas : 20°12'32" Sur;
                70°09'02" Oeste.

Características del radioenlace Estudio Alternativo -
Planta
- Frecuencia :  308,2 MHz.
- Potencia
  máxima:      10 Watts.
- Tipo de
  emisión :    180KF8EHF.

- Sistema
  radiante :    Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo
                principal 45°, con 10 dBd de
                ganancia máxima y polarización
                vertical.

    4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el artículo 23º de la ley.
    5. Los plazos serán los que se indican a continuación:

- Inicio de obras :    30 días.
- Término de obras :    90 días.
- Inicio de servicio :  250 días.

    Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    6. La concesionaria no podrá iniciar servicios, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por carta certificada, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al proyecto aprobado.
    7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte de la Contraloría General de la República el presente decreto.
    8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.