Lei núm. 2,264, que agrega un inciso al artículo final de la lei sobre transformacion de la ciudad de Talca.
Lei núm. 2,264.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Agrégase al artículo 9 de la lei núm. 2,196, de 7 de Setiembre de 1909, ántes del inciso final, el siguiente:
"Todas las demas calles comprendidas en el radio urbano fijado por el art. 1 i que no tengan determinada una anchura especial en este artículo, tendrán un ancho de quince metros".
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 15 de Febrero de 1910.- PEDRO MONTT.- Ismael Tocornal.