Lei núm 2,273, que declara de utilidad pública los terrenos necesarios para la regularizacion de la ciudad de Villa Alegre.
    Lei núm. 2,273.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Decláranse de utilidad pública los terrenos necesarios para la regularizacion de la planta de poblacion de Villa Alegre, del departamento de Loncomilla, así como para la prolongacion de sus calles hasta los caminos de circunvalación, todo en conformidad al plano levantado por la Inspección Jeneral de Jeografia i Minas de la Dirección de Obras Públicas. Las espropiaciones correspondientes se harán con arreglo a la lei de 18 de Junio de 1857.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.-
    Santiago, 5 de Marzo de 1910.- Pedro Montt.- Ismael Tocornal.