Autoriza a la Municipalidad de Valdivia para que pueda conceder el uso de sus calles, plazas i caminos con el objeto de establecer servicio de tranvias.
    Lei núm. 2,322.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO. Autorízase a la Municipalidad de Valdivia para que pueda conceder, hasta por treinta años, el uso de las calles, plazas i caminos comprendidos en el territorio de su comuna, para el establecimiento de ferrocarriles urbanos con traccion electrica o mecánica.
    Esta autorizacion queda sujeta a las disposiciones que dicte el Presidente de la República para reglamentar el empleo de la fuerza eléctrica.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 18 de Julio de 1910.- Elías Fernández Albano.- Luis Izquierdo.