Autoriza a la Municipalidad de Valdivia para que pueda conceder el uso de sus calles, plazas i caminos con el objeto de establecer servicio de tranvias.
Lei núm. 2,322.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO. Autorízase a la Municipalidad de Valdivia para que pueda conceder, hasta por treinta años, el uso de las calles, plazas i caminos comprendidos en el territorio de su comuna, para el establecimiento de ferrocarriles urbanos con traccion electrica o mecánica.
Esta autorizacion queda sujeta a las disposiciones que dicte el Presidente de la República para reglamentar el empleo de la fuerza eléctrica.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 18 de Julio de 1910.- Elías Fernández Albano.- Luis Izquierdo.