ART. 4.°- Las obras consultadas en esta lei se contratarán por el Fisco en licitacion pública. Los planos del Matadero serán aprobados por acuerdo municipal, i una vez terminado el edificio, en todo o parte, será entregado a la Municipalidad para su esplotacion.
    Los contratistas responderán de la conservacion de los pavimentos durante cinco años, i en garantía del cumplimiento de esta obligacion se les retendrá a la órden de la Tesorería Fiscal de Santiago el diez por ciento del monto de sus contratos respectivos.
    Las cantidades retenidas se les entregarán a razon de una quinta parte por cada año que trascurra sin que la Municipalidad tenga cargos que hacerles.