Autoriza la inversion de $ 80,000 en el sostenimiento del Presidio de Santiago
    Lei núm. 2,325.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta ochenta mil pesos en el sostenimiento del Presidio de Santiago durante el presente año.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo, por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a 18 de Julio de 1910.- Elías Fernández Albano.- Emiliano Figueroa.