Autoriza la inversion de $ 170,000 en la adopcion de medidas para combatir las enfermedades infecciosas Lei núm. 2,327.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de ciento setenta mil pesos ($ 170,000), en la adopcion de medidas para combatir las enfermedades infecciosas i en atender a los demas gastos que orijine el servicio sanitario del pais.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 18 de Julio de 1910.- Elías Fernández Albano.- Luis Izquierdo.