Aumenta en $ 1.600,000 la suma acordada para los gastos que demanden los festejos de la celebracion del Centenario Nacional.
Lei núm. 2,367.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Auméntase en un millon seiscientos mil pesos ($ 1.600,000), la autorizacion conferida al Presidente de la República por lei núm. 2,335, de 25 de Julio próximo pasado, para efectuar los gastos que demanden los festejos de la celebracion del Centenario de la Independencia.
De esta suma, se pondrá a disposicion de la Comision Mixta de Senadores i Diputados encargada de preparar la recepcion de los Delegados de los Parlamentos estranjeros, la cantidad de cien mil pesos ($ 100,000) para atender a los gastos que imponga dicha recepcion.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 29 de Agosto de 1910.- ELIAS FERNANDEZ ALBANO.- Luis Izquierdo.