Artículo 3º: Para ser elegido representante de los afiliados, se requiere:
a)  Ser afiliado al Servicio de Bienestar deDecreto 36 EXENTO,
TRABAJO
Art. 1 N° 3
D.O. 11.07.2013
    Capredena, con una antigüedad continua de a lo
    menos dos años, al momento de la postulación;"
b)  No ser integrante del Consejo Administrativo, de
    conformidad con lo previsto en el artículo 2°,
    letra b), del presente Reglamento;"
c)  No haber sido objeto de medida disciplinaria
    alguna durante el año anterior a la elección;"
d)  Estar al día en el cumplimiento de las
    obligaciones que mantenga con el Servicio de
    Bienestar y;"
e)  No ser integrante de la Planta de Directivos de
    Capredena, que detenten cargos de jefatura, aún
    cuando no las ejerzan y que posean un grado
    superior a 8°, en la Escala Única de Sueldos,
    similar o equivalente.
    Los representantes de los afiliados elegidos por votación directa, durarán dos años en sus funciones, y podrán ser reelegidos hasta por dos períodos adicionales.