ArDecreto 209,
OBRAS PÚBLICAS
Art. único
D.O. 24.12.2022
tículo 15. Durante los años 2023 al 2026Decreto 113,
OBRAS PÚBLICAS
Art. único N° 3
D.O. 25.10.2024
las Direcciones podrán autorizar en las Bases Administrativas, la subcontratación de hasta un 50% de las obras con subcontratistas inscritos o no inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Públicas. Asimismo, podrán autorizarDecreto 147,
OBRAS PÚBLICAS
Art. único N° 1 a), b), c)
D.O. 08.09.2023
la participación de contratistas inscritos en la categoría inmediatamente inferior a aquella requerida según el valor de la obra. Para los efectos de lo dispuesto precedentemente, la tercera categoría del Registro de Obras Mayores se considerará una sola, sin la división entre 3° A y 3° B, contemplada en el artículo 9° del presente reglamento.   
    Además, para este período, en las Bases Administrativas se podrán establecer los siguientes plazos mínimos, entre la publicación del llamado y la apertura de las propuestas, según el valor estimado de la obra:
     
    I.- De un costo total estimado menor a 1.000 UTM: 10 días.
    II.- De un costo total estimado entre 1.000 y menos de 20.000 UTM: 15 días.
    III.- De un costo total estimado entre 20.000 y 80.000 UTM: 25 días.
    IV.- De un costo total estimado mayor a 80.000 UTM: 35 días.