Artículo 54. Para solicitar la inscripción en cualquiera de los registros, deberá acreditarse para cada categoría, los niveles de experiencia mínima, que se indican en el cuadro N° 3, "Experiencia Acumulada Mínima", y que corresponde al Cuadro Nº3 del documento "Registro de Contratistas - Categorías y Especialidades".