Artículo 76.

1.    Propuesta Técnica
    En el sobre Propuesta Técnica el proponente incluirá los antecedentes siguientes:
a)  Nómina de la totalidad de las obras ya iniciadas o por iniciarse, que tenga contratadas para ser ejecutadas durante los 12 meses siguientes a la fecha de apertura de la licitación, incluidas aquellas en que intervenga en calidad de socio de un consorcioDecreto 156,
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, u otra forma de asociación, tal como la unión temporal de proveedores contemplada en el decreto supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos y Prestación de Servicios.
    Estos contratos podrán ser con particulares o con el Fisco, servicios, organismos, instituciones o empresas del Estado, fiscales, semifiscales, municipales o autónomas, y sociedades en que el Estado tenga representación o aporte mayoritario. Deberán indicarse sus montos iniciales, obra ejecutada y saldo por ejecutar actualizado, de acuerdo al último índice conocido que afecte al reajuste de dichos contratos.
    Deberá entregarse el cálculo de la capacidad mínima disponible definido en el Artículo 73, más toda la información de respaldo que permita al MOP verificar dicho cálculo.
b)  Declaración que consigne lo siguiente:

  1)  Haber estudiado todos los antecedentes de la licitación y verificado la concordancia entre ellos, incluyendo aquellos proyectos u obras que podrían incidir con el desarrollo de su obra y los cronogramas de expropiaciones y de entregas por parte del MOP, de terrenos, de materiales y de equipos comprometidos por éste.
  2)  Haber visitado y conocido la topografía del terreno y demás características que incidan directamente en la ejecución de la obra, que sean apreciables en una inspección visual cuidadosa, incluyendo accesibilidad al lugar de las obras, existencia de materias primas y materiales, empréstitos y botaderos y todo otro factor que pueda incidir en su propuesta.
  3)  Estar conforme con las condiciones generales del proyecto.
  4)Decreto 156,
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  La intención del contratista, que del total del personal ocupado en la obra, un porcentaje no inferior al 10% o el que se defina en los documentos de la licitación, será femenino, compuesto por mujeres profesionales, técnicas o trabajadoras con o sin calificación.
c)  Programa de Trabajo, en forma de carta Gantt con relación de precedencia, o en el formato especial que se entregue con el Proyecto para este objeto, en el que se indicarán las fechas de inicio y término de las diversas secciones o etapas de la obra, y el que deberá incluir todos los distintos ítem de la licitación. Si el Proyecto así lo requiere, en esta etapa deberá entregarse un programa detallado, aplicando un método de programación del tipo "ruta crítica", incluyendo todos los ítem, cantidades de obras, el camino crítico, las holguras principales y toda la información pertinente a esteDecreto 223,
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D.O. 19.08.2009
tipo de métodos de programación.
 
d)  Si se solicita en las bases administrativas: lista de los elementos, maquinarias y equipos con que contará para ejecutar las obras, sean propios o arrendados, según requerimiento del Proyecto.
e)  Si se solicita en las bases administrativas: listado de los profesionales que actuarán en la obra a tiempo completo o parcial, según lista especificada en el Proyecto y que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en el mismo, con sus correspondientes Curricula vitae; como mínimo, en este listado se incluirán el profesional residente y los especialistas considerados de especial relevancia para el tipo de obra de que se trate.
    Respecto a los profesionales descritos en el inciso anterior, una vez adjudicado el contrato, el contratista tendrá un plazo de 15 días para someter a la aprobación del inspector fiscal cualquier cambio que requiera; el profesional de reemplazo deberá tener calificaciones al menos iguales al profesional reemplazado.
f)  Programa Mensual de Inversiones o necesidades de fondos para el normal desarrollo de la obra, de acuerdo con el programa de trabajo, expresada en porcentajes del valor de la propuesta.
g)Decreto 156,
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  Declaración jurada que acredite tener actualizada la información indicada en el inciso quinto del artículo 41 del presente reglamento.
h)  Otros antecedentes que puedan requerirse en las bases de licitación.
i)  Podrá exigirse en las bases administrativas de la licitación, si la Dirección lo estima conveniente, que los proponentes entreguen una boleta bancaria, para garantizar la seriedad de sus ofertas, la que deberá tener una vigencia de seis meses contados desde la fecha del acto de apertura, salvo que las bases establezcan una vigencia distinta. Las bases administrativas determinarán el monto de dicha garantía y, a falta de determinación, corresponderá al 2% del monto del presupuesto oficial o estimado, y se devolverá a los proponentes cuando la propuesta se haya adjudicado. Sin embargo, al contratista favorecido con la propuesta se le devolverá una vez constituida la garantía definitiva del contrato.
    La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes antes mencionados, lo excluirá de la licitación.
    La omisión de cualquier obra que el proponente esté ejecutando o en vías de iniciar, en la nómina a la que se refiere la letra a) de este artículo, será causal suficiente para no considerar o rechazar una propuesta.
    LasDecreto 156,
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medidas previstas en el inciso anterior, no procederán cuando la o las obras omitidas de la mencionada nómina hayan sido contratadas por el MOP, caso en el que la información referida a los montos iniciales, obra ejecutada y saldo por ejecutar actualizado, de el o los contratos preteridos, se deberá recabar, por la Comisión de Evaluación, directamente desde los sistemas informáticos de que dispone el MOP o en su defecto, requiriéndola a las demás direcciones que de él dependen, adicionando esos antecedentes, a los demás que haya proporcionado el contratista para la determinación de la capacidad económica mínima disponible, defínida en el artículo 73 del presente reglamento.

2.    Propuesta Económica

    En el sobre Propuesta Económica se incluirá la propuesta hecha en el formulario especial entregado aDecreto 223,
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l proponente.
    Adicionalmente se incluirá un análisis detallado de costos, cuyo desglose será el establecido en el presupuesto oficial o el que se señale en las bases administrativas, y ciñéndose al mismo esquema considerado en éste; separadamente se indicarán los montos o porcentajes correspondientes a gastos generales desglosados detalladamente, y utilidades.