Artículo 81. Las propuestas se abrirán ante los funcionarios designados por la autoridad establecida en las bases, que formarán la "Comisión de Apertura" de las ofertas técnicas y económicas, lo cual se efectuará el día, hora y en el o los lugares que se indique en el aviso correspondiente, en presencia de los interesados que concurran. Una vez iniciado el acto de apertura, no se admitirán otras ofertas.
    Si las bases nada dicen al respecto, el Director Nacional del Servicio o el Secretario Regional Ministerial, según corresponda, designará a los tres integrantes de la "Comisión de Apertura", entre funcionarios de su dependencia.