Artículo 180. La comisión calificará el comportamiento del contratista con una sola nota final que corresponderá al promedio ponderado de las notas asignadas, en una escala de 1 a 7, en cada uno de los aspectos fundamentales siguientes:
1) Calidad de la construcción, o cumplimiento de las especificaciones técnicas y de los planos, y normativas medioambientales. (Ponderación A),
2) Cumplimiento de los plazos. (Ponderación B),
3) Cumplimiento de las bases administrativas.
(Ponderación C = 0,10), y
4) Cumplimiento de las Normas sobre Prevención de Riesgos y estadísticas relativas a accidentabilidad. (Ponderación D = 0,10)
El promedio ponderado se obtendrá aplicando los factores de ponderación A, B, C, y D respectivamente, a los aspectos 1), 2), 3) y 4) señalados precedentemente.
Los factores de ponderación A y B, serán fijados en las bases administrativas de la licitación. Los valores que se asigne a estos factores deberán sumar 0,80 y en ningún caso la Ponderación A será inferior a 0,65.
Si las bases administrativas no fijan los valores de ponderación, A será equivalente a 0,70 y B será equivalente a 0,10.
Las bases administrativas podrán establecer subdivisiones, con sus respectivas ponderaciones, en los aspectos a calificar.