Artículo 180. La comisión calificará el comportamiento del contratista con una sola nota final que corresponderá al promedio ponderado de las notas asignadas, en una escala de 1 a 7, en cada uno de los aspectos fundamentales siguientes:
1)  Calidad de la construcción, o cumplimiento de las especificaciones técnicas y de los planos, y normativas medioambientales. (Ponderación A),
2)  Cumplimiento de los plazos. (Ponderación B),
3)  Cumplimiento de las bases administrativas.
    (Ponderación C = 0,10), y
4)  Cumplimiento de las Normas sobre Prevención de Riesgos y estadísticas relativas a accidentabilidad.    (Ponderación D = 0,10)

    El promedio ponderado se obtendrá aplicando los factores de ponderación A, B, C, y D respectivamente, a los aspectos 1), 2), 3) y 4) señalados precedentemente.
    Los factores de ponderación A y B, serán fijados en las bases administrativas de la licitación. Los valores que se asigne a estos factores deberán sumar 0,80 y en ningún caso la Ponderación A será inferior a 0,65.
    Si las bases administrativas no fijan los valores de ponderación, A será equivalente a 0,70 y B será equivalente a 0,10.
    Las bases administrativas podrán establecer subdivisiones, con sus respectivas ponderaciones, en los aspectos a calificar.