Decreto 218,
OBRAS PUBLICAS
Art. 1
D.O. 16.06.2010
    Artículo 10: "Durante el año 2010, respecto de obras que se requieran con urgencia para paliar los efectos de la catástrofe o para reparar las obras afectadas por la misma y que se ejecuten en las regiones declaradas como zonas afectadas por catástrofe en conformidad con el D.S. Nº 150, de 2010, del Ministerio del Interior, por resolución fundada del Director Nacional respectivo y visada por el Director General de Obras Públicas, no regirá la obligación establecida en el inciso primero del artículo 10".