ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
D.F.L. Núm. 4/19.943.- Santiago, 12 de Noviembre de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 y en el inciso 2º del artículo 88 de la Constitución Política de la República y las facultades que me confiere el artículo 2º transitorio, de la Ley Nº 19.943, que crea la Comuna de Alto Hospicio, y
Considerando:
1.- Que la Ley Nº19.943, otorga facultades al Presidente de la República para fijar la planta de personal de la Municipalidad de Alto Hospicio y los requisitos de ingreso y promoción de los cargos, y para determinar la proporción de los cargos de planta de la Municipalidad de Iquique que deberán ser adscritos a la planta de la Municipalidad de Alto Hospicio.
2.- Que para la determinación del porcentaje de cargos de planta de la Municipalidad de la comuna originaria, que deberá adscribirse a la planta de la Municipalidad de Alto Hospicio, corresponde ponderar la proporción de la población aportada a la comuna de Alto Hospicio, por la comuna originaria, y que además, la señalada proporción deberá determinarse, cuando sea procedente, respecto de cada una de las plantas reguladas en la Ley Nº18.883.
3.- Que para el ejercicio de la facultad antes mencionada, deben considerarse necesariamente los requerimientos de personal de la Municipalidad de Iquique, tanto respecto al total de cargos que componen su planta de personal, como a la estructura de las plantas que la integran, para asegurar de tal forma un adecuado y oportuno cumplimiento de las funciones que le competen, dicto el siguiente:
Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Fíjase la siguiente planta de personal para la Municipalidad de Alto Hospicio.
PLANTA CARGOS GRADOS Nº CARGOS
ALCALDES Alcalde 3º 1
DIRECTIVOS Administrador 4º 1
Municipal
Secretario Comunal 4º 1
de Planificación
Asesor Jurídico 5º 1
Director de 5º 1
Desarrollo
Comunitario
Director de Control 5º 1
Director de Obras 5º 1
Municipales
Director de 6º 1
Administración
y Finanzas
Secretario Municipal 6º 1
Directivo 6º 1
PROFESIONALES Profesionales 5º 3
Profesionales 6º 3
Profesionales 7º 4
Profesionales 8º 3
Profesionales 9º 2
JEFATURAS Jefatura 9º 1
Jefatura 10º 1
Jefatura 11º 1
TÉCNICOS Técnicos 10º 2
Técnicos 11º 2
Técnicos 12º 2
ADMINISTRATIVOS
Administrativos 12º 3
Administrativos 13º 3
Administrativos 14º 3
Administrativos 15º 3
Administrativo 16º 1
AUXILIARES Auxiliares 14º 4
Auxiliares 15º 3
Auxiliares 16º 2
Auxiliares 17º 2
TOTAL
CARGOS 58
Artículo 2º.- Establécense los siguientes requisitos específicos para el ingreso y promoción en los cargos que se indican:
PLANTA CARGOS GRADOS REQUISITOS
DIRECTIVOS Secretario 4º Requerirá
Comunal de alternativamente
Planificación título profesional
de Ingeniero Civil;
Ingeniero Comercial
o de Administrador
Público
Asesor Jurídico 5º Requerirá título
profesional de
Abogado
Director de 5º Requerirá
Control alternativamente
título profesional
de Ingeniero
Comercial; Abogado;
Contador Auditor o
de Administrador
Público
Secretario 6º Requerirá
Municipal alternativamente
título profesional
de Abogado o de
Administrador
Público.
PROFESIONALES
Profesionales 5º Un cargo requerirá
título profesional
de Arquitecto, y
otro requerirá,
alternativamente,
título profesional
de Ingeniero
Comercial; Ingeniero
Civil; Contador
Auditor o de
Administrador
Público.
Profesionales 6º Dos cargos
requerirán
alternativamente
título profesional
de Abogado;
Ingeniero Comercial;
Contador Auditor;
Contador Público;
Ingeniero Civil o
de Administrador
Público
JEFATURAS Jefatura 9º Requerirá,
alternativamente,
título profesional
de Contador Auditor;
Contador Público;
Administrador
Público, o título
técnico en el área
de Administración
de Recursos
Financieros o
de Personal.
Jefatura 10º Requerirá
alternativamente
título profesional
de Asistente Social
o de Sociólogo o
título técnico en
el área de
Administración de
Recursos Financieros
o de Personal.
AUXILIARES Auxiliares 14º Tres cargos
requerirán licencia
de conducir Clase A
Auxiliares 15º Dos cargos
requerirán licencia
de conducir Clase A
Artículo 3º.- Determínase el siguiente porcentaje de los cargos de planta de la Municipalidad de Iquique que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º transitorio de la Ley Nº19.943 deberán ser adscritos a la planta de personal establecida en el artículo 1º precedente.
PLANTA PORCENTAJE
Profesionales 6 %
Técnicos 4,2 %
Administrativos 5 %
Auxiliares 10,2 %
Artículo 4º.- De conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 1º transitorio de la Ley Nº19.943, destínase un 20,2 % del total del Fondo Común Municipal de la comuna de Alto Hospicio correspondiente al año 2004, para financiar la instalación del respectivo municipio.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.