AUTORIZA TALLERES PARA LOS EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL NUMERO 5º DE LA RESOLUCION Nº 65, DE 2000
Núm. 1.884 exenta.- Santiago, 30 de noviembre de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.290, de Tránsito, especialmente en su artículo 56, lo prescrito en la ley Nº 18.059, lo dispuesto en el decreto supremo Nº 55, de 1998, en la resolución Nº 65, de 2000, y específicamente en la resolución Nº 32, de 2004, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, las solicitudes de las empresas Gastech Ltda. de fechas 7 y 14 de octubre, Gritti y Schalchli Ltda. de fecha 29 de octubre e IGE Ltda. de fecha 27 de octubre y las demás normas aplicables,
Considerando:
1.- Que de conformidad a lo dispuesto en la resolución 65, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la adecuación de vehículos motorizados al uso, como combustible, de gas natural comprimido o gas licuado de petróleo, debe realizarse en talleres autorizados por resolución del Subsecretario de Transportes.
2.- Que para otorgar la autorización antes referida, los talleres deben cumplir con las normas chilenas, según corresponda.
3.- Que el Centro de Control y Certificación Vehicular verificó que los talleres que se individualizan en el Resuelvo, han dado cumplimiento a lo establecido en la norma chilena NCh 2109 Of. 98.
R e s u e l v o:
Artículo primero: Autorízase, de conformidad a lo dispuesto en el número 5º de la resolución Nº 65, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, los talleres que a continuación se individualizan para adecuar vehículos al uso de gas natural comprimido como combustible:
Empresa Nombre del Dirección del Taller Ciudad
Habilitada Taller
Gastech Ltda. Balco
Automotriz Porvenir Nº 427 Santiago
S.A.
Gritti y
Schalchli CRV Los Carrera Nº 0389 Quilpué
Ltda.
Gritti y
Schalchli Automotora San Santa
Inés de
Quillota Nº Viña del Mar
Ltda. Antonio 1784
IGE Ltda. Comercial
Novagas Av. Alessandri
Nº 3245 Viña del Mar
Ltda.
Gastech
Ltda. Comercial
Novagas Av. Alessandri Nº Viña del
Ltda. 3245 Mar
Artículo segundo: La autorización tendrá validez mientras se mantengan las referencias constatadas en su inspección.
Anótese y publíquese.- Guillermo Díaz Silva, Subsecretario de Transportes.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jefe Depto. Administrativo.