Concede una asignacion a la viuda e hijas solteras de don José Agustín Barros Merino
    Lei núm. 2,472.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- En atencion a los servicios prestados durante la guerra contra el Perú i en diversos empleos civiles por el ex Capitan de Guardias Nacionales movilizadas i ex-Ministro de la Corte de Apelaciones de Talca, don José Agustin Barros Merino, concédese, por gracia, a su señora viuda e hijas solteras, la suma equivalente a un año del último sueldo de que disfrutó el señor Barros Merino.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo, por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 1.° de Febrero de 1911.- RAMON BARROS LUCO.- Aníbal Letelier.