Concede fondos para combatir las enfermedades infecciosas
    Lei núm. 2,508.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de trescientos mil pesos ($ 300,000) en la adopcion de medidas para combatir las enfermedades infecciosas i en los demas gastos que orijine el mantenimiento del servicio sanitario del pais.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 28 de Junio de 1911.- RAMON BARROS LUCO.- Rafael Orrego.