MODIFICA DECRETO Nº 133, DE 2003, QUE AMPLIO DELIMITACION DEL RECINTO PORTUARIO DEL PUERTO DE VALPARAISO, DEPENDIENTE DE LA EMPRESA PORTUARIA VALPARAISO, Y FIJA NUEVA DELIMITACION
Núm. 100.- Santiago, 27 de septiembre de 2004.- Visto:
1.- Lo establecido en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado.
2.- Lo dispuesto en el inciso primero del artículo 11 de la ley Nº 19.542, y en el D.S. Nº 40/98 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
3.- El Plano VAP-TC-98003 de la ex Empresa Portuaria de Chile.
4.- El decreto supremo Nº 133/2003 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
5.- El Plano VAP-0-0333 de la Empresa Portuaria Valparaíso.
6.- El Acuerdo 002/149/2004 del Directorio de Empresa Portuaria Valparaíso de solicitar la modificación del Recinto Portuario por ampliación de sus áreas terrestres, contenido en el Acta de la Centésima Cuadragésima Novena Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 28 de mayo de 2004.
7.- Los Planos VAP-0-0419-01 y VAP-0-0419-02 de junio 2004, protocolizados en Notaría de don Marcos Díaz León de Valparaíso.
8.- Copia del Certificado de Hipotecas y Gravámenes de terreno "Equipamiento comunitario público de dominio municipal, Recinto Ferial".
9.- Copia del Certificado de Hipotecas y Gravámenes correspondiente al Lote 3, sector Barón.
10.- Copia de Inscripción de dominio del Lote 3, sector Barón.
11.- Copia de Inscripción de dominio "Equipamiento comunitario público de dominio municipal, Recinto Ferial".
12.- Copia de las compraventa por las cuales Empresa Portuaria Valparaíso adquiere el dominio de las propiedades antes señaladas.
13.- Las inscripciones en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso.
14.- La carta GG/045/2004, de fecha 18 de junio de 2004, de Empresa Portuaria Valparaíso.
Considerando:
1.- Que en el marco de los planes de desarrollo del Plan Maestro de Borde Costero, Empresa Portuaria Valparaíso (EPV) adquirió dos inmuebles durante el año 2003: uno a Segetrans Transporte S.A., en el sector de Barón, y el segundo a la Ilustre Municipalidad de Valparaíso, en el sector de Yolanda.
2.- Que con el fin de darle a estos terrenos un carácter administrativo legal similar al del resto del recinto portuario, EPV requiere modificar este último incorporando en él los citados inmuebles, lo que importa la modificación del decreto supremo Nº 133 de 2003, que fijó la nueva delimitación del Recinto Portuario del Puerto de Valparaíso.
3.- Que para este fin, en la Centésima Cuadragésima Novena Sesión Ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2004, el Directorio de EPV ha adoptado el Acuerdo 002/149/2004, mediante el cual solicita una modificación del Recinto Portuario que dicha empresa estatal actualmente administra, explota, desarrolla y conserva, proponiendo al Presidente de la República una nueva delimitación.
4.- Que de conformidad a lo expuesto precedentemente, procede la modificación del D.S. Nº 133 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de 2003, que fijó delimitación de recinto portuario del Puerto de Valparaíso, dependiente de la Empresa Portuaria Valparaíso, fijando una nueva delimitación.
D e c r e t o:
Artículo primero.- Modifícase el Recinto Portuario del Puerto de Valparaíso, establecido en el decreto supremo Nº 133 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de 9 de octubre de 2003, y graficado en el Plano VAP-0-0333 de la Empresa Portuaria Valparaíso, el que se reemplaza por el Recinto Portuario graficado en el Plano VAP-0-0419-02 de junio de 2004 de la Empresa Portuaria Valparaíso, el que ha sido protocolizado con fecha 21 de junio de 2004 ante el Notario de Valparaíso don Marcos Andrés Díaz León y que forma parte integrante del presente decreto.
NOTA:
El DTO 93, Transportes, publicado el 08.07.2006, modificó el Recinto Portuario del Puerto de Valparaíso demarcado por el Plano que se señala en la presente norma, el que se reemplaza por el graficado en el Plano VAP-0-0601-02, protocolizado el 16 de febrero de 2006 ante el Notario de Valparaíso don Marcos Andrés Díaz León.
El DTO 93, Transportes, publicado el 08.07.2006, modificó el Recinto Portuario del Puerto de Valparaíso demarcado por el Plano que se señala en la presente norma, el que se reemplaza por el graficado en el Plano VAP-0-0601-02, protocolizado el 16 de febrero de 2006 ante el Notario de Valparaíso don Marcos Andrés Díaz León.
Artículo segundo.- La citada modificación comprende la incorporación al Recinto Portuario del Puerto de Valparaíso de dos inmuebles, cuyos polígonos se detallan en el Plano VAP-0-0419-01, de junio de 2004, los cuales se denominan, para estos efectos, Inmueble Nº 1 e Inmueble Nº 2, con los siguientes deslindes y medidas:
Inmueble Nº 1. Denominado Lote Tres, ubicado en el Sector Barón de la comuna de Valparaíso, Rol de avalúo uno guión veintidós, individualizado en el plano agregado con el número dos mil ciento catorce al Registro de Documentos del año mil novecientos ochenta y ocho, con una superficie de diez mil metros cuadrados, cuyos deslindes, de conformidad a sus títulos, son los siguientes:
Norte : En trazo JK de trescientos veinte coma nueve
metros con Lote Dos.
Sur : En trazo MQ de doscientos nueve coma cinco
metros con Lote Seis y en trazo QL de ciento
veinticuatro coma cinco metros con terrenos
de la vendedora, Empresa de los
Ferrocarriles del Estado.
Poniente : En trazo JM de diecisiete coma cero cero
metros con vía pública.
Oriente : En trazo KL de veinticinco coma cuatro
metros con terrenos de la vendedora, Empresa
de los Ferrocarriles del Estado.
El dominio a nombre de Empresa Portuaria Valparaíso se encuentra inscrito a fojas 4203, número 4306, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año 2003. El inmueble individualizado precedentemente se encuentra libre de hipotecas y gravámenes y no tiene litigios pendientes, de acuerdo a certificado de hipotecas y gravámenes y de litigios pendientes de fecha 7 de septiembre de 2004.
Inmueble Nº 2. Inmueble que corresponde al terreno singularizado como "Equipamiento comunitario público de dominio municipal, Recinto Ferial", de la subdivisión del predio ubicado en Valparaíso, Avenida España y Avenida Errázuriz, Rol de avalúo uno guión veintinueve, individualizado en los planos agregados bajo los números mil cuatrocientos veintiuno y número mil novecientos cuarenta y dos, ambos archivados en el Registro de Documentos del año mil novecientos ochenta y ocho y mil novecientos ochenta y nueve, respectivamente, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. Dicho inmueble tiene, de conformidad a sus títulos, las siguientes medidas y deslindes:
Norte : Tramos V'-W' en ochenta y nueve metros y
tramo X'-Y' en cuarenta y ocho coma cinco
metros con vías de Ferrocarriles del Sur.
Sur : Tramo A"-Z' en seis coma cinco metros y
tramo C"-B" en ciento veintinueve coma cinco
metros con Area Verde (b).
Este : Tramo A"-B" en cuarenta y dos metros y tramo
Y'-Z' en quince metros con Area Verde (b).
Oeste : Tramo C"-T' en treinta y tres coma cinco
metros con Lote Trece, tramo T'-V' en quince
metros con vía pública proyectada y tramo
W'-X' en ocho metros con vías de
Ferrocarriles; abarcando una superficie
aproximada de siete mil coma ciento cuarenta
y nueve metros cuadrados.
El dominio a nombre de Empresa Portuaria Valparaíso se encuentra inscrito a fojas 4544 vta. número 4770 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, correspondiente al año 2003. El inmueble individualizado precedentemente se encuentra libre de hipotecas y gravámenes y no tiene litigios pendientes, de acuerdo a certificado de hipotecas y gravámenes y de litigios pendientes de fecha 7 de septiembre de 2004.
Artículo tercero.- Conforme a la ampliación que ordena este decreto, el nuevo Recinto Portuario del Puerto de Valparaíso, comprende las áreas marítimas y terrestres contenidas en los dos polígonos que se describen en el Plano VAP-0-0419-02, de junio de 2004, con los siguientes deslindes y medidas:
Polígono principal (A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-O-A)
Al Norte : En línea quebrada continua, en tramos de
ciento dieciséis metros cincuenta
centímetros con explanada de acceso al Molo
de Abrigo, ciento dieciocho, ochocientos
treinta y cinco, cuatrocientos, novecientos
setenta y cinco, y mil seiscientos ochenta y
seis metros sobre el Mar de Chile (Puntos
A-B-C-D-E-F-G). Los tramos sobre el mar
tienen las siguientes orientaciones:
Tramo B-C: E11,3°S
Tramo C-D: E48,6°S
Tramo D-E: E75,6°S
Tramo E-F: N74,3°E
Tramo F-G: N40,8°E
Al Este : En línea recta de mil cincuenta y cinco
metros sobre el Mar de Chile (Puntos
G-H). Este tramo tiene una orientación
E72,9°S.
Al Sur : En líneas curvas y quebradas continuas, en
tramo de mil cuatrocientos sesenta y tres
metros con el Paseo Peatonal Wheelwright,
en tramo de noventa metros con terrenos de
SAAM, en tramos de doscientos metros
diecinueve centímetros, veinticinco metros
cuarenta centímetros, trescientos treinta y
cuatro metros, y diecisiete metros con
Ferrocarriles del Estado, en tramo de dos
mil sesenta y tres metros treinta y seis
centímetros con Ferrocarriles del Estado,
Merval, Estación de Ferrocarriles del
Estado, Plaza Sotomayor, Servicio de
Aduanas, Dirección General del Territorio
Marítimo y Marina Mercante (DGTM y MM,
Ex Dirección del Litoral) y Liga Marítima
(Puntos H-I-J-K-L-M-N-O).
Al Oeste : En líneas curvas y quebradas continuas, en
tramo de mil ciento ochenta metros setenta
y cinco centímetros con Av. Errázuriz, Plaza
Aduana, Av. Antonio Varas, terrenos del
Servicio Agrícola y Ganadero SAG, Av.
Antonio Varas, Arsenales de la Armada y
Av. Antonio Varas (Puntos O-A).
Polígono secundario (P-Q-R-S-P)
Al Norte : En línea quebrada continua, en tramo de
ciento cuarenta y cinco metros cincuenta
centímetros con vías de Ferrocarriles del
Estado (Puntos P-Q).
Al Este : En línea quebrada continua en tramo de
sesenta y tres metros cincuenta centímetros
con Area Verde (b) (Puntos Q-R).
Al Sur : En línea recta de ciento veintinueve metros
cincuenta centímetros con Area Verde (b)
(Puntos R-S).
Al Oeste : En línea recta, en tramo de cuarenta y ocho
metros cincuenta centímetros con Lote Trece
y vía pública proyectada (Puntos S-P).
Tómese razón, regístrese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Javier Etcheberry Celhay, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Mauricio Carrasco Torres, Jefe Depto.
Administrativo.