Concede varios suplementos al presupuesto del Ministerio del Interior para atender a los gastos del servicio de telégrafos.
Lei núm. 2,572.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Concédense los siguientes suplementos a los ítems que se espresan de la partida 9.a del presupuesto del Interior:
Al ítem 3172.- Para baterías eléctricas,
aparatos telegráficos,
postes, aisladores, alambres
i demas materiales que se
adquirirán en conformidad
con el decreto de 30 de Junio
de 1890, i para los fletes de
los mismos, compostura i pago
de jornales en las
construcciones i reparaciones
de las líneas telegráficas___$ 40,000
" 3173.- Para adquirir el forraje de los
animales pertenecientes al
telégrafo, en conformidad con
el decreto de 30 de Junio de
1890_________________________ 6,000
" 3174.- Para gastos menores de las
oficinas, como luz, lumbre,
agua, gratificacion de
mensajeros, etc., i para
atender al mayor cánon de
arriendo de las oficinas, al
pago de empleados suplentes
i auxiliares, viáticos i
otros gastos imprevistos_____ 20,000
I por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 29 de Noviembre de 1911.- RAMON BARROS LUCO.- J. Ramon Gutiérrez.