Crea el departamento de Tarata en la provincia de Tacna i fija el personal de empleados que debe tener Lei núm. 2,575.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO PRIMERO.- Créase el departamento de Tarata con los territorios formados por las subdelegaciones 8.a i 9.a del departamento de Tacna segun decreto de 9 de Noviembre de 1885.

    ART. 2.° El nuevo departamento, cuya capital será la ciudad de Tarata tendrá el personal de empleados administrativos i judiciales que en la actualidad tiene el departamento de Arica, con los sueldos i gratificaciones respectivamente asignados a los mismos.
    ART. 3.° Esta lei empezará a rejir treinta dias despues de su publicacion en el Diario Oficial.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 29 de Noviembre de 1911.- RAMON BARROS LUCO.- J. Ramon Gutiérrez.