Concede varios suplementos al presupuesto del Ministerio del Interior destinado al pago de servicios de las policías.
    Lei núm. 2,583.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Concédense los siguientes suplementos a los ítems que se indican de la partida 5.a del presupuesto del Interior vijente:
    Treinta i cinco mil pesos ($ 35,000) al ítem 938, para gastos jenerales de las Policías, segun la distribucion que acuerde el Presidente de la República;
    Diez mil pesos ($ 10,000) al ítem 940, arriendo de cuarteles;
    Ciento treinta mil pesos ($ 130,000) al ítem 942, forraje;
    Veinticinco mil pesos ($ 25,000) al ítem 943, remonta de caballos;
    Cincuenta mil pesos ($ 50,000) al ítem 944, pasajes, fletes, viáticos i embalajes; i
    Cincuenta i tres mil setecientos veinticinco pesos ($ 53,725) al ítem 947, para aumento del personal de las policías.

    I por cuanto, oído el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 13 de Diciembre de 1911.- RAMON BARROS LUCO.- J. Ramon Gutiérrez.