APRUEBA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES Viña del Mar, 20 de Enero de 1995.- Esta Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
Núm. 207.- Vistos: estos antecedentes, el artículo 43 y demás pertinentes del Decreto Ley N° 3.063/79; el acuerdo del Concejo Municipal N° 1.056, de fecha 10.01.95; el Ordinario N° 020/95 del Señor Presidente del Concejo Municipal; y las facultades establecidas en los artículos 49, 56 y 58 de la Ley N° 18.695;
D e c r e t o:
Apruébase la siguiente Ordenanza Local de Derechos Municipales por Servicios, Concesiones y Permisos prestados u otorgados por esta Municipalidad de Viña del Mar, aplicables a partir de la fecha de publicación de este decreto.
Artículo 1. El monto de los derechos, en general, están expresados en Unidades Tributarias Mensuales - UTM -, salvo los indicados en porcentajes o Cuotas de Ahorro para la Vivienda-CAV. Cuando se indica un solo valor, se entenderá que afecta a todos los sectores.
La liquidación y giro de estos derechos será efectuada por la Dirección Municipal pertinente y se cancelarán en la Tesorería Municipal o en otras instituciones según convenio, en moneda nacional equivalente a la UTM del mes correspondiente a su pago.
Los derechos se liquidarán sobre la base de unidades de medida enteras. Las fracciones se cobrarán como una unidad.
Artículo 2. Para todos los efectos de la presente Ordenanza, cuando se especifique sector, en general, se entenderá lo siguiente:
Centro.- Calle Viana, entre Caleta Abarca y calle Cancha; calle Cancha entre Viana y 1 Norte; 1 Norte entre Puente Cancha y límite oriente Población Miraflores Bajo; límite oriente de la propiedad del Sporting hasta prolongación 2 Norte; prolongación 2 Norte entre Av. Sporting y Los Castaños; Av. Los Castaños entre 2 Norte y 7 Norte hasta intersección con Pie de Cerro; Pie de Cerro que se ubica al norte de calle 7 Norte y al oriente de Av. 5 Norte y subida Quillota hasta Vista Naves; Vista Naves hasta Av. Concón; Av. Concón hasta Rojas Trigo; Rojas Trigo hasta calle Calera; Calera hasta Pie de Cerro; Pie de Cerro Santa Inés entre Calera y camino Subida Alessandri; Subida Alessandri hasta Pie de Cerro hasta el norte de Av. 15 Norte y al oriente de Av. Jorge Montt y Av. Borgoño hasta subida Las Cañitas; Subida Las Cañitas entre Jorge Montt y límite surponiente de Población Jardín del Mar; límite surponiente de Jardín del Mar y límite suroriente de Jardín del Mar hasta Av. Los Sargazos; Av. Los Sargazos entre límite surponiente de la Pobl. Jardín del Mar e intersección de Av. Vicuña Mackenna; Av. Vicuña Mackenna Puente Los Canales, límite oriente Plaza Reñaca Av. Balmaceda entre Plaza Reñaca y calle General Lagos; calle General Lagos entre Av. Vicuña Mackenna y Santa Luisa; Av. Camino Del Alto entre Santa Luisa y límite sur de la Pobl. Bosques de Montemar; límite sur, oriente y norte de la Pobl. Bosques de Montemar hasta Camino del Alto; límites poniente y sur de la Pobl. Higuerillas y su prolongación hasta límite oriente de la Pobl. Costa Brava; límite oriente de la Pobl. Costa Brava hasta límite natural con el mar; límite con el mar entre prolongación de límite oriente de Pobl. Costa Brava y prolongación hacia el poniente de calle Viana.
Periferia.- Límite comunal oriente entre Av. España y Camino Real; Camino Real entre límite comunal y París; calle París entre Camino Real y Habana; calle Habana entre París y Variante Agua Santa; Variante Agua Santa; Variante Agua Santa entre Habana y La Palma; calle La Palma y Hnos. Clark entre Variante Agua Santa y calle del Agua; calle del Agua, entre Hnos. Clark y Etchevers Alto; límites poniente, sur, oriente y norte de la Pobl. Viña del Mar Alto; límite oriente de la Pobl. Etchevers Alto (ex-Empart) hasta Pie de Cerro o límite norte de la propiedad Quinta Vergara; límite norte propiedad Quinta Vergara entre Etchevers y Subida Mackenna; Subida Mackenna entre límite propiedad Quinta Vergara y calle Lampa; Pie de Cerros al sur de calle Alvarez entre calle Lampa y Valdés Vergara; Valdés Vergara y su prolongación hacia el norte entre ladera y ribera sur del Estero de Viña; ribera sur del Estero de Viña entre prolongación Valdés Vergara y calle Cancha; calle Cancha entre Estero y Viana; deslinde sur de Viana entre Cancha y su intersección con el Borde Costero; Borde Costero entre prolongación al poniente de Viana y límite comunal centro de Concón.
Fondos de propiedades que deslindan con Av. Borgoño entre Pobl. Costa Brava y calle Las Elenas; calle Las Elenas, Av. Vergara entre Av. Borgoño y Camino Internacional; Camino Internacional entre Av. Vergara y límite comunal del río Aconcagua; límite comunal entre Puente del río Aconcagua y Borde Costero; Borde Costero entre límite comunal y deslinde oriente de la Pobl. Costa Brava.
Cerros.- El resto del área comunal no especificada.
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| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.081 DE 31 DE ENERO |
| DE 1995, PAGINAS 40, 41, 42 Y 43. |
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Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jorge Santibáñez Ceardi, Alcalde.- José Mora Carrasco, Secretario Municipal (S).
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines correspondientes.- Saluda a usted, Secretario.