PRORROGA Y MODIFICA RESOLUCION Nº 267 EXENTA DE 2004
Núm. 332 exenta.- Concepción, 24 de diciembre de 2004.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley N° 18.059; los artículos 113º y 118º de la ley Nº 18.290, de Tránsito; el Decreto Supremo Nº 255 del año 1981 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Resoluciones Nº 59 de 1985 y Nº 39 de 1992 del mismo Ministerio anterior los contratos de concesión suscritos por los representantes legales de las empresas concesionarias y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, representado por el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Octava Región, aprobados por Resolución Exenta Nº 1.007 de 2002, del mismo Ministerio y las Resoluciones Exentas Nºs 12, 187 y 267 todas de 2004 de esta misma Secretaría Regional Ministerial.
Considerando:
1º Que efectuadas las evaluaciones técnicas y estudio del Plan Piloto de restricción vehicular establecido por la Resolución Exenta Nº 12/04, y continuadas mediante las Resoluciones Exentas Nº 187/04 y 267/04, todas de esta Secretaría Regional Ministerial, se concluye que dicha medida logró los resultados favorables esperados y que la aplicación de la misma no generó un impacto importante a los usuarios del sistema.
2° Que el informe técnico ha concluido que dicha medida ha mitigado la congestión vehicular y la saturación de las vías satisfactoriamente.
3º Que debido a lo anterior, resulta aconsejable prorrogar la vigencia de la Resolución Exenta Nº 267 de 2004, de esta Secretaria Regional Ministerial.
Resuelvo:
1º Prorróguese la vigencia de la Resolución Exenta Nº 267 de 2004 de esta Secretaría Regional Ministerial, a partir del 29 de Diciembre de 2004 y hasta el 27 de Abril de 2005, ambas inclusive.
2º Modifíquese el calendario de restricción vehicular establecido en el numeral 1º de la Resolución Exenta precedentemente citada, por el siguiente:
BUSES Y TAXIS COLECTIVOS
ULTIMOS DIGITOS PLACA PATENTE UNICA
PERIODO
Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes
29 al 31
de Diciembre 5-6 7-8 9-0
03 al 07
de Enero 3-4 5-6 7-8 9-0 1-2
10 al 14 de
Enero 5-6 7-8 9-0 1-2 3-4
17 al 21
de Enero 7-8 9-0 1-2 3-4 5-6
24 al 28
de Enero 9-0 1-2 3-4 5-6 7-8
31 Enero al
04 de Febrero 1-2 3-4 5-6 7-8 9-0
07 al 11 de
Febrero 5-6 7-8 9-0 1-2 3-4
14 al 18
de Febrero 3-4 5-6 7-8 9-0 1-2
21 al 25 de
Febrero 5-6 7-8 9-0 1-2 3-4
28 de
Febrero al
04 de Marzo 7-8 9-0 1-2 3-4 5-6
07 al 11 de
Marzo 9-0 1-2 3-4 5-6 7-8
14 al 18
de Marzo 3-4 5-6 7-8 9-0 1-2
21 al 25 de
Marzo 7-8 9-0 3-4 1-2 Feriado
28 de Marzo
al 01 de
Abril 1-2 7-8 9-0 5-6 3-4
04 al 08
de Abril 7-8 9-0 1-2 3-4 5-6
11 al 15
de Abril 9-0 1-2 3-4 5-6 7-8
18 al 22 de
Abril 1-2 3-4 5-6 7-8 9-0
25 al 27
de Abril 5-6 3-4 1-2
3º La presente resolución entrará en vigencia el día 29 de Diciembre de 2004. En todo lo demás se mantiene vigente la Resolución Exenta Nº 267 de 2004, de esta Secretaría Regional Ministerial.
Anótese y publíquese.- Dalton Campos Seguin, Secretario Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones VIII Región.