DETERMINA, PARA EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SERVICIOS PUBLICOS QUE INDICA, LOS CARGOS QUE TENDRAN LA CALIDAD DISPUESTA EN EL ARTICULO 7º BIS DE LA LEY N° 18.834
D.F.L. Núm. 36.- Santiago, 2 de diciembre de 2004.- Visto: lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me ha conferido el artículo séptimo transitorio de la ley Nº19.882 y el artículo 33 de la ley Nº 19.985, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1º.- Otórgase la calidad de cargos de carrera, regidos por el artículo 7º bis de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, a los que se pasan a señalar, respecto del Ministerio y Servicios que se indican:
a) Secretaría y Administración General del
Ministerio de Relaciones Exteriores
Denominación Grado Nº cargos
Jefes de
Departamentos 5° 5
Jefes de
Departamentos 6° 5
Jefes de
Departamentos 7° 3
Jefes de
Departamentos 8° 7
Jefes de
Departamentos 9° 2
b) Dirección General de Relaciones Económicas
Internacionales
Denominación Grado Nº cargos
Jefes Departamento 5° 9
Jefes Departamento 7° 4
c) Dirección Nacional de Fronteras y Límites del
Estado
Denominación Grado Nº cargos
Jefes de Departamento 5° 4
Jefes de Departamento 7° 2
d) Instituto Antártico Chileno
Denominación Grado Nº cargos
Jefe de Departamento 7° 1
Jefes de Departamentos 9° 2
Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- Ignacio Walker Prieto, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.