Concede los fondos necesarios para mantener, durante el año 1912, el cargo de secretario de la Legacion de Chile en Bolivia.
    Lei núm. 2,701.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir durante el presente año la suma necesaria para el mantenimiento del cargo de Secretario de la Legacion de Chile en Bolivia, con arreglo a la lei del servicio diplomático de 12 de Setiembre de 1883.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 4 de Setiembre de 1912.- RAMON BARROS LUCO.- Antonio Huneeus.