MODIFICA RESOLUCION Nº 397 EXENTA, DE 1996
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    Núm. 548 exenta.- Temuco, 10 de diciembre de 2004.- Visto: Lo dispuesto por el D.S. Nº 94/84; la resolución 12/97, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, y la resolución exenta Nº 397 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones IX Región,

    Considerando:

    1º El estudio de Impacto Vial presentado por la empresa Inmobiliaria del Sur Ltda., el cual demuestra, mediante modelo, la flota máxima que puede albergar el terminal.
    2º Ingreso 9338 (11.11.04) de la empresa Inmobiliaria del Sur, el cual señala que posee un sitio de aparcamiento ubicado en Zenteno Nº 045, de la ciudad de Temuco. Este sitio permite que los buses de la empresa no estén en el terminal mayor tiempo que el necesario para tomar y dejar pasajeros.
    3º Minuta de Cálculo de Capacidad del Terminal, la cual es coincidente con el Estudio de Impacto Vial, Resuelvo:

    1º Modifícase el artículo 2º, en el siguiente sentido: Intercálase a continuación de la expresión "será de" el nuevo guarismo cincuenta y cinco (55).
    2º Reemplázase el artículo 3º por el siguiente, pasando el tercero a ser cuarto. Si producto del aumento de la flota, el terminal produce efectos negativos en las vías adyacentes, tales como: congestión, bloqueo de vías, problemas severos de maniobrabilidad y peligro de accidentes, la empresa deberá presentar un Estudio de Impacto al Sistema de Transporte Urbano que mitigue los impactos.


    Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta del interesado.- Patricio Gálvez Strappa, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de la Araucanía.