Artículo 1.o.- Autorízase a los actuales tenedores de los debentures series "D", "E", "F", "G" y "H" emitidos por la Compañía de Acero del Pacífico S.A., para facilitar en calidad de préstamos y para los fines que se indican en los artículos siguientes, a las Instituciones que se mencionan y en la proporción que se señala, el monto de las amortizaciones e intereses semestrales de los mencionados debentures que la Compañía de Acero del Pacífico deberá pagar hasta el año 1976, inclusive:

    a) 60% de la referida suma a la Municipalidad de Talcahuano, y
    b) 40% a la Corporación de Fomento de la Producción.