LEY NUM. 15.926
AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DOÑA MARIA AUDOMILIA SOBINO VIUDA DE ALIAGA Y LA DE LOS HIJOS MENORES QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a setenta y cinco escudos mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña María Audomilia Sobino viuda de Aliaga y auméntase a veinticinco escudos mensuales para cada uno la pensión de que gozan sus hijos menores doña María Ester, doña Artemia Clorinda del Carmen y don Jorge Tomás Aliaga Sobino, con derecho a acrecer entre todos ellos.
El mayor gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veintisiete de Noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- EDUARDO FREI MONTALVA.-Sergio Molina S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.