LEY NUM. 15.935

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA LUZ TAPIA FERNANDEZ VIUDA DE SAN MARTIN

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Luz Tapia Fernández viuda de San Martín, una pensión mensual de ochenta escudos, sin perjuicio de la de montepío que percibe en la actualidad.
    El mayor gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a treinta de Noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Molina S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Andrés Zaldívar Larraín, Subsecretario de Hacienda.