Concede fondos para la cancelacion de cuentas pendientes del Ministerio de Justicia
    Lei núm. 2,716.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta ciento cincuenta i un mil seiscientos cuarenta i seis pesos sesenta i seis centavos ($ 151,646.66) en la cancelacion de las cuentas de años anteriores que hai pendientes en el Ministerio de Justicia.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 13 de Diciembre de 1912.- RAMON BARROS LUCO.- E. Villegas E.