ART. 2.°- La Armada Nacional tendrá durante el mismo año 1913 las siguientes naves: 9 nueve buques de guerra, 9 nueve destróyers, 2 dos submarinos, 5 cinco torpederas, 4 cuatro buques escuelas, 3 tres trasportes, 10 diez escampavias i los pontones, remolcadores i demas embarcaciones ausiliares necesarias para el servicio.