Concede derecho a jubilar a don Nicanor Zenteno Uribe
    Lei núm. 2,727.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, al Ministro de la Corte de Cuentas, don Nicanor Zenteno Uribe, el derecho de jubilar con una pension equivalente al sueldo íntegro asignado al puesto que desempeña.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto, en todas sus partes, como lei de la República.
    Santiago, 31 de Diciembre de 1912.- RAMON BARROS LUCO.- Manuel Rivas Vicuña.