Concede derecho a jubilar a don Nicanor Zenteno Uribe
Lei núm. 2,727.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Concédese, por gracia, al Ministro de la Corte de Cuentas, don Nicanor Zenteno Uribe, el derecho de jubilar con una pension equivalente al sueldo íntegro asignado al puesto que desempeña.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, ordeno se promulgue i lleve a efecto, en todas sus partes, como lei de la República.
Santiago, 31 de Diciembre de 1912.- RAMON BARROS LUCO.- Manuel Rivas Vicuña.