Artículo 5º.- Para los propósitos de esta norma, se entenderá por:

a)  Autenticación: proceso de confirmación de la identidad del usuario que generó un documento electrónico y/o que utiliza un sistema informático.
b)  Confidencialidad: aseguramiento de que el documento electrónico sea conocido sólo por quienes están autorizados para ello.
c)  Contenido del documento electrónico: información, ideas y conceptos que un documento expresa.
d)  Continuidad del negocio: continuidad de las operaciones de la institución.
e)  Disponibilidad: aseguramiento de que los usuarios autorizados tengan acceso oportuno al documento electrónico y sus métodos de procesamiento.
f)  Documento electrónico: toda representación de un hecho, imagen o idea que sea creada, enviada, comunicada o recibida por medios electrónicos y almacenada de un modo idóneo para permitir su uso posterior.
g)  Documentos públicos: aquellos documentos que no son ni reservados ni secretos y cuyo conocimiento no está circunscrito.
h)  Documentos reservados: aquellos documentos cuyo conocimiento está circunscrito al ámbito de la respectiva unidad del órgano a que sean remitidos, en virtud de una ley o de una norma administrativa dictada en conformidad a ella, que les confiere tal carácter.
i)  Documentos secretos: los documentos que tienen tal carácter de conformidad al artículo 13 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y su Reglamento.
j)  Ejecutivo: autoridad dentro de la institución.
k)  Identificador formal de autenticación: mecanismo tecnológico que permite que una persona acredite su identidad utilizando técnicas y medios electrónicos.
l)  Incidentes de seguridad: situación adversa que amenaza o pone en riesgo un sistema informático.
m)  Información: contenido de un documento
    electrónico.
n)  Integridad: salvaguardia de la exactitud y totalidad de la información y de los métodos de procesamiento del documento electrónico, así como de las modificaciones realizadas por entes debidamente autorizados.
o)  Negocio: función o servicio prestado por la organización.
p)  Política de seguridad: conjunto de normas o buenas prácticas, declaradas y aplicadas por una organización, cuyo objetivo es disminuir el nivel de riesgo en la realización de un conjunto de actividades de interés, o bien garantizar la realización periódica y sistemática de este conjunto.
q)  Repositorio: estructura electrónica donde se almacenan documentos electrónicos.
r)  Riesgos: amenazas de impactar y vulnerar la seguridad del documento electrónico y su posibilidad de ocurrencia.
s)  Sistema informático: conjunto de uno o más computadores, software asociado, periféricos, terminales, usuarios, procesos físicos, medios de transferencia de información y otros, que forman un todo autónomo capaz de realizar procesamiento de información y/o transferencia de información.
t)  Usuario: entidad o individuo que utiliza un sistema informático.