Artículo 15.- Para cada clasificación, el encargado de seguridad deberá proponer los procedimientos de manipulación requeridos para cubrir las siguientes actividades de procesamiento de un documento electrónico:

a)  Copiado;
b)  Almacenamiento;
c)  Transmisión por correo electrónico y sistemas protocolarizados de transmisión de datos digitales;
d)  Destrucción.