Concede $ 3,000 para el Hospital de Cauquénes Lei núm. 2,745.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:



    Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de tres mil pesos ($ 3,000) en los servicios del Hospital de Cauquénes durante el año 1913.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 28 de Enero de 1913.- RAMON BARROS LUCO.- Guillermo Barros.