Artículo 5º.- El presente decreto regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial y hasta el 31 de enero de 2013.





NOTA
    El Decreto 131 Exento, Economía, publicado el 31.01.2013, modifica la presente norma, en el sentido de señalar que la vigencia del mencionado régimen Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales de pesquería artesanal de Merluza del Sur de la XI Región será indefinida.